BACHILLERATO

CARACTERÍSTICAS Y SALIDAS
              El Bachillerato cumple una triple finalidad educativa: formación general, orientación y preparación para los estudios superiores, tanto universitarios como profesionales:
 Formación Profesional Específica de Grado Superior (Ciclos Formativos de Grado Superior).
  Estudios Universitarios: será necesario superar una prueba de acceso, que, junto con las calificaciones obtenidas en el Bachillerato, valorará la madurez académica del alumnado.
 Ciclos Formativos  y estudios superiores de Enseñanzas Artísticas y Deportivas.
Tienen la condición de Enseñanzas artísticas superiores los estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de diseño y los estudios superiores de artes plásti­cas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores de vidrio.

 Otros estudios superiores.
  Mundo del trabajo.


PROMOCIÓN
  
De primero a segundo de Bachillerato, con un máximo de dos asignaturas pendientes.
 En segundo de Bachillerato, es preciso aprobar todas las materias para obtener el título de Bachiller. En caso de valoración negativa en algunas asignaturas, sólo se cursarán las materias no superadas. De momento, y en tanto no se modifiquen las actuales disposiciones normativas, las asignaturas aprobadas quedan convalidadas.
 El tiempo máximo de permanencia en Bachillerato será de cuatro años.
 
MODALIDADES

               Se relacionan con los grandes campos del saber, los Ciclos Formativos de Grado Superior y las carreras universitarias.

Hay 3 modalidades:

·         Artes (consta de dos vías: Artes Plásticas, Imagen y Diseño y Artes Escénicas, Música y Danza).
·         Ciencias  (los centros podrán organizar distintas vías).
·         Humanidades y Ciencias Sociales (ídem).


CONDICIONES DE ACCESO

1.   Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
2.   Título de Técnico
3.   Título de Técnico Deportivo
4.   Título de Técnico en Artes Plásticas y Diseño

SEGUNDO DE BACHILLERATO (L.O.E.)

Orden 3347/2008, de 4 de julio (BOCM 16-07-2008), Resolución de 7 de julio de 2008 (BOCM 29-07-2008), Resolución 16 de abril  de2009 (BOCM 11-05-09), Resolución 1 de junio de 2010 (BOCM 30-06-10) y Resolución de 10 de mayo de 2012 (BOCM 28-05-12)




MATERIAS
MODALIDAD ARTES

MODALIDAD CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

MODALIDAD HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
Vía Artes plásticas, imagen y diseño
Vía Artes escéni-cas, música y danza

OBLIGATORIAS


Comunes a  todas las modalidades
·          Historia de la filosofía   ( 3 h)
·          Historia de España (4 h)
·          Lengua extranjera  II (3 h)
·          Lengua castellana y literatura  II (4 h)


Materias de modalidad (4 horas por materia)
(se eligen 3 materias)

·          Dibujo artístico II
·          Historia del arte
·          Técnicas de expresión gráfico-plástica
·          Diseño
·          Dibujo técnico II


·          Análisis musical II
·          Historia de la música y la danza
·          Lenguaje y práctica musical
·          Literatura universal



·          Biología
·          Ciencias de la tierra y medio-ambientales
·          Dibujo técnico II
·          Electrotecnia
·          Física
·          Matemáticas II
·          Química
·          Tecnología Industrial II


·          Economía de la empresa
·          Geografía
·          Griego II
·          Historia del arte
·          Latín II
·          Literatura universal
·          Matemáticas aplicadas a las CC. SS. II


OPTATIVAS

Optativas para todas las modalidades
·          Segunda lengua extranjera II
·          Tecnologías de la información y la comunicación
·          Ampliación de lengua extranjera: comprensión y expresión oral II
Optativas vinculadas a una modalidad
·          Volumen II
·          Psicología
·          Geología
·          Principios fundamentales de electrónica
·          Psicología
·          Psicología
·          Fundamentos de Administración y Gestión
Materias de modalidad y, en su caso, vía cursada, que no forman parte del itinerario elegido por el alumno.
·          Materias de la modalidad o vía cursada, correspondientes al segundo curso, no incluidas en la opción elegida por el alumno.
Materias de una modalidad y, en su caso, vía distinta de la cursada por el alumno e impartida en el centro.
·          Materias de otra modalidad o vía impartida en el centro, correspondientes al segundo curso.
* Los alumnos cursarán una materia optativa de 4 horas semanales.

CAMBIOS EN EL ITINERARIO EDUCATIVO DEL ALUMNO (Orden 3347/2008, de 4 de julio, modificada por la Orden 5451/2009, de 30 de noviembre, de la Consejería de Educación de Madrid).

1. Los alumnos que vayan a repetir el primer curso en su totalidad, podrán cambiar de modalidad o, en su caso, vía. Los alumnos que repitan curso en la misma modalidad, podrán cambiar tanto las materias de modalidad como la materia optativa, de acuerdo con las posibilidades organiza­tivas del centro.
2. Los alumnos que promocionen al segundo curso podrán cambiar de modalidad, o en su caso vía, ateniéndose a los siguientes principios:
a) El cambio comporta la necesidad de que el alumno complete un itinerario educativo. A es­tos efectos, podrán computarse como materias optativas las materias de la vía o modalidad abandonada que hayan sido superadas por el alumno.
    En caso de promoción con materias suspensas distintas de las comunes, el alumno no debe­rá recuperarlas, salvo que esas materias fueran elegidas en la nueva modalidad, o en su caso vía, o estuvieran vinculadas por prelación con las de segundo.
c) En todo caso, las materias sujetas a prelación sólo podrán cursarse tras haberse cursado las previas con las que se vinculan, o tras haber acreditado el alumno los conocimientos nece­sarios mediante la correspondiente prueba de nivel.
d) En el caso de que un alumno, con motivo del cambio, deba añadir materias de primer curso, éstas no afectarán a la promoción de curso conseguida con anterioridad.
e) Todas las materias que hayan sido superadas por el alumno entrarán en el cálculo de la nota media.
3. El alumno, una vez matriculado en segundo curso, no podrá cambiar su itinerario a lo largo de ese curso, salvo en lo que se refiere a la materia común Lengua extranjera, a la materia optativa Segunda lengua ex­tranjera o a cualquier otra materia optativa, todas ellas de segundo.

4. En los casos en que, por motivo de la organización del centro, no sea posible a los alumnos de segundo curso asistir a las clases de las materias de primero que deban cursar como conse­cuencia del cambio de modalidad, o en su caso vía, los departamentos de coordinación didác­tica responsables de las mismas propondrán a los alumnos un plan de trabajo en el que se re­cogen los contenidos mínimos exigibles y las actividades recomendadas, y programarán pruebas parciales para verificar la superación de esas materias.

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